La nueva Ley de Vacunas viene a reemplazar a la Ley 22.909, que data de la década del 70 y actualiza la regulación para garantizar nuevos controles y darle al Estado la responsabilidad de mantener actualizado el calendario de vacunación y promover su efectivo cumplimiento.
La flamante ley declara a "la vacunación como de interés nacional, entendiéndose por tal a la investigación, vigilancia epidemiológica, toma de decisiones basadas en la evidencia, adquisición, almacenamiento, distribución y provisión de vacunas, asegurando la cadena de frío, como así también su producción".
Establece la gratuidad en el acceso a los servicios de vacunación con equidad social para todas las etapas de la vida y la obligatoriedad de aplicarse las vacunas para todos los habitantes y la prevalencia de la salud pública por sobre el interés particular, entre otros principios.
Esta nueva ley no es nada más y nada menos que una gran oportunidad para favorecer el acceso de la población a las vacunas.
Los puntos principales que brinda la nueva la ley son numerosos y concretos:
1. Reafirma a la vacunación como una política de Estado, donde las vacunas siguen siendo gratuitas y obligatorias, como siempre. El Estado Nacional es el responsable de adquirir los insumos necesarios para la vacunación y proveerlos a las 24 jurisdicciones.
2. Declara de Interés Nacional la vacunación para todas las etapas de la vida y a todos los componentes del Programa de Inmunizaciones..
3. Define a la vacunación como un bien social y establece la prevalencia de la salud pública por sobre el interés particular.
4. Establece la vacunación obligatoria del personal de salud y de laboratorio.
5. Favorece la gestión de la autoridad sanitaria para la exención de los impuestos a las vacunas.
6. Da fuerza de ley a las comisiones asesoras externas.
7. Establece la creación de un Registro Digital Nacional de la Población Vacunada, que tendrá los datos del estado de vacunación de todos los habitantes del país; y un Registro Nacional de Vacunadores Eventuales.
8. La norma establece que las vacunas sólo podrán ser aplicadas en establecimientos habilitados por la Secretaría de Salud.
9. Dispone la asignación de espacios gratuitos de difusión en los medios de comunicación que integran el Sistema Federal de Medios y Contenidos Públicos.
10. Establece el día 26 de agosto de cada año como Día Nacional del Vacunador, día del nacimiento de Albert Sabin, en reconocimiento a su inmensa tarea, esfuerzo y compromiso diario para llevar las vacunas a cada rincón de nuestro país.
Se definió la creación de un nuevo documento, el Carnet Único de Vacunación, CUV, en el que deberán quedar las constancias de vacunación obligatoria.
El cumplimiento del Calendario Nacional de Vacunación será requerido para trámites tales como el ingreso y egreso del ciclo lectivo; la realización de los exámenes médicos por trabajo; la tramitación o renovación del DNI, pasaporte, residencia, certificado prenupcial y licencia de conducir; y la tramitación de asignaciones familiares.
Hasta ahora, la obligatoriedad de tener las vacunas al día era solo para los niños y su certificado era requisito para inscribirse en las escuelas. Sin embargo, con la modificación, ahora los adultos, según su edad, también necesitarán este documento para llevar adelante esos trámites.
La tarjeta será expedida por los organismos habilitados para aplicar vacunas, como hospitales (públicos y privados) y farmacias. Será exigido para tramitar las asignaciones familiares y exámenes pre-ocupacionales.
No obstante ley aclara, entre varias cosas, que "la falta de cumplimiento de la presentación establecida no será obstáculo en la prosecución de los trámites”. Por ejemplo desde el Registro Nacional de las Personas, organismo que depende del Ministerio del Interior, no se va a impedir la tramitación por no contar con el certificado de vacunas.
Los adultos se deberán tener aplicadas las de la hepatitis B y la doble bacteriana adultos. A los que nacieron después de 1965, se les incluye la triple viral (sarampión, paperas y rubéola). Los que superen esa edad sí deben darse la antigripal y las anti neumocóccicas.
Los programas de vacunación han contribuido a que el número de casos y de muertes por enfermedades infecciosas hayan disminuido de forma significativa en el último siglo. Las vacunas han salvado millones de vidas humanas, son responsables de la erradicación de la viruela del planeta y de que la polio esté apunto de serlo. En general, las coberturas de vacunación o tasas de vacunación infantil siguen creciendo a nivel mundial, lo que indica que la vacunación es una medida de salud pública ampliamente aceptada.